La negociación colectiva y la individual en la empresa son importantes instrumentos
para incrementar las medidas de conciliación. Por ejemplo a través de políticas de flexibilidad
en la ordenación del tiempo de trabajo y la movilidad geográfica.
La actual Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres
y Hombres, permite el derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada del trabajo
para conciliar la vida personal y laboral mediante la negociación colectiva, pudiendo
implantar medidas conciliadoras tanto a nivel de negociación colectiva, como planes en
la propia empresa, mejorando con ello, lo establecido en la legislación actual, además de
sin perjuicio de la libertad de contratación que se reconoce a las partes, a través de la negociación
colectiva se articulará el deber de negociar planes de igualdad en las empresas
de más de 250 trabajadores.
Cada organización tendrá que ver qué medidas puede aplicar y cuáles son las más adecuadas
para responder a las necesidades detectadas. La valoración de los costes, beneficios
y consecuencias derivados de la aplicación de cada una de ellas será de especial
utilidad para decidir qué medidas hay que aplicar y cómo y cuándo deben aplicarse.
Disponer de una ficha individual por cada una de las medidas concretas puede ayudar a
planificar su aplicación y a la posterior puesta en práctica.
Sin que resulte una lista cerrada, citaremos algunas de las medidas que actualmente
están empleando las empresas, ya sea por propia decisión o por lo establecido en algún
convenio;
- En cuanto a la posibilidad de las horas de entrada y salida del lugar de trabajo para los
trabajadores, se podría emplear:
-Semana laboral comprimida. La semana comprimida consiste en trabajar más
tiempo de lunes a viernes para poder disfrutar de un día o medio día libre extra.
-Banco de horas. Se pueden gestionar de dos maneras: organizar individualmente,
con un alto grado de libertad, las horas que cada empleado debe hacer al
mes o al año y distribuirlas de la manera que se estime más conveniente, o bien
compensando las horas trabajadas de más con horas o días libres.
- En cuanto a flexibilizar la relación laboral:
- Trabajo a tiempo parcial
- Trabajo compartido
- Excedencias laborales
- Días libres para situaciones familiares excepcionales o para asuntos propios,
además de los reconocidos legalmente.
- Respecto a las posibles prestaciones que podría ofrecer la empresa a sus trabajadores:
- Guarderías de empresas
- Seguro de vida
- Seguro de accidente
- Asistencia sanitaria para familiares directos.
- Plan de pensiones.
- Ticket o servicio de restaurante subvencionado
Sin olvidar, que todo ello dependerá como hemos dicho al principio, de la capacidad de la
empresa, y de su propia estructura.
Haciéndonos eco de lo todo lo expuesto en este punto, recogemos a continuación, una
serie de ejemplos que varias empresas han tomado, como son:
- Ampliación del permiso de maternidad de 16 a 18 semanas. Dos semanas más por hijo
a partir del segundo en el mismo parto.
- Posibilidad de trabajar tras la baja por maternidad y hasta el primer año del bebé de
lunes a viernes de 9,00 a 15,00 horas.
- El permiso de paternidad se amplía de 2 a 5 días, siente en caso de desplazamiento.
- Ayudas mensuales para guarderías de 60,10 euros brutos por cada hijo.
- Realizar un horario continuado de 8,00 a 16,00h con el fin de disponer de su tarde libre
para recoger a los niños o disponer de más tiempo para la familia.
- Cabe la posibilidad de trabajar dos días a la semana desde su domicilio. Flexibilidad total
de salida y entrada. Baja de un año en el caso de trillizos y ampliación cuando hay niños
con problemas. El abandono del lugar de trabajo por emergencia familiar.
- También optar por las videoconferencias para ahorrar tiempo, dinero y noches fuera de
casa.
- Jornada laboral de 33 horas y 20 minutos, teniendo con ello 29 días laborables de vacaciones.
La jornada de los viernes finalizaría a las 14,00 horas.
- Jornada intensiva en verano. Gimnasio abierto las 24 horas y diferentes cursos para la
mejora de la salud.