Omitir vínculos de navegación > La implantación de la conciliación entre los autónomos andaluces La implantación de la conciliación entre los autónomos andaluces Omitir vínculos de navegación.

Las Comunidades Autónomas están adquiriendo una importancia cada vez mayor en todo lo referente a conciliación de la vida familiar y laboral. Es por ello, que establecer un equilibrio entre la vida laboral y familiar es ahora mucho más fácil para el sector de los autónomos de Andalucía, gracias a una serie de ayudas que el Gobierno regional está impulsando, pudiendo se encontrar en la Web de la junta de Andalucía, o la Seguridad Social.

- Estas ayudas podemos encontrarlas en la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación

· Medidas para el apoyo a las mujeres trabajadoras.

    • ¿Qué requisitos debe reunir?
    La trabajadora autónoma deberá acreditar:
    a) Situación de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo.
    b) Formalización dentro del período de 4 meses desde que se produce el hecho determinante de la contratación de una persona para prestar apoyo a la mujer autónoma.

    • ¿En qué consiste la subvención?
    La presente ayuda consiste en una cantidad a tanto alzado, destinada a sufragar los gastos derivados de la los costes salariales y de Seguridad Social por todos los conceptos derivados de la contratación de hasta un máximo de 3.000 €. Ésta se reducirá proporcionalmente cuando la contratación se realice por periodo inferior a cuatro meses.

    • ¿Quién son las personas que más beneficia contratar?
    Las personas desempleadas, demandantes de empleo inscritas como tales, teniendo carácter preferente las contrataciones que se realicen con mujeres.

    • Documentos que deben aportarse.
    - Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o aquel que legal o estatutariamente le corresponda.
    - Fotocopia compulsada del contrato de trabajo suscrito.
    - Fotocopia compulsada de los TC2 correspondientes al mes en que se produce la contratación.
    - Autorización de la persona o personas contratadas al órgano gestor para recabar información a la Tesorería General de la Seguridad Social.
    - Documentación acreditativa de la situación de maternidad o asimilada.

-Otras ayudas para poder conciliar la vida familiar y laboral de los autónomos, son las bonificaciones al empleo autónomo.

• Las mujeres que se reincorporen a la actividad autónoma en los 2 años siguientes al parto tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes correspondientes a la base mínima del régimen especial de trabajadores autónomos durante un año.

• Trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural y que sean sustituidos por desempleados con contrato de interinidad bonificado, tendrá una bonificación del 100 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante la sustitución.

  • Confederación de Empresarios de Andalucía

    Centro de Servicios Empresariales de Andalucía
    C/ Arquímedes, 2 Isla de la Cartuja,
    41092, Sevilla

  • Federación Andaluza de Autónomos

    Federación Andaluza de Autónomos
    CEAT-Andalucía
    C/ Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja,
    41092, Sevilla

  • Servicio Andaluz de Empleo

    Servicio Andaluz de Empleo
    Consejería de Empleo
    Junta de Andalucía

Federación Andaluza de Autónomos
CEAT-Andalucía
C/ Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092
Sevilla ESPAÑA

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