a) Sociedades Mercantiles:
a.1) Sociedad Colectiva: Sociedad mercantil de carácter personalista, en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.

a.2) Sociedad de Responsabilidad Limitada: Sociedad en la que el capital social, dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, los cuáles, no responderán personalmente de las posibles deudas sociales.

a.3) Sociedad Limitada Nueva Empresa: Se trata de una especialidad de la sociedad limitada, su capital social está dividido en participaciones sociales, la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado.

a.4) Sociedad Anónima: Es aquella cuyo capital, dividido en acciones, se integra por las aportaciones realizadas por los socios, quienes no responden personalmente de las deudas de la sociedad.
