La actividad de autónomo requiere el trámite de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se realiza a través de la declaración censal de alta mediante los modelos 036 o 037. Estos modelos oficiales también se utilizan para tramitar modificaciones y bajas en el censo.
Plazos: Con anterioridad al inicio de la actividad.
Información relativa a las actividades económicas que se vayan a ejercer (alta en IAE)
Comunicación del régimen de IVA por el que opta: General o Especial.
Comunicación del régimen de IRPF por el que opta: Régimen de Estimación Directa (normal o simplificada) o Régimen de Estimación Objetiva.
Lugar de presentación: Puede presentarse a través de la cumplimentación del impreso en la Administración o, en su defecto, Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal.
Si se posee DNI electrónico o certificado digital, se podrá realizar por vía telemática en la web de la Agencia Tributaria (acceda a través de los enlaces arriba establecidos).