Trámites en materia laboral: Afiliación y alta del trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social
Se deben incluir en el Sistema de la Seguridad Social a todas las personas físicas que vayan a trabajar en la empresa y que no estuvieran afiliadas con anterioridad. Todas las personas incluidas en el Sistema de la Seguridad Social están obligadas a afiliarse a efectos de obligaciones y derechos contributivos. Se debe tramitar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y antes del inicio de la actividad empresarial. Tanto la afiliación como el alta se pueden hacer de manera simultánea.
La documentación a presentar es la siguiente:
Modelo TA.1. Solicitud de afiliación a la seguridad social, asignación de número de seguridad social y variación de datos en castellano.
Modelo TA.2/S. Solicitud de alta, baja y variación de datos del trabajador por cuenta ajena o asimilada.
Copia D.N.I. del trabajador.
Copia de la cartilla de Seguridad Social del trabajador (o tarjeta sanitaria si la tiene), o parte de afiliación en caso contrario. En el caso de que el trabajador tenga personas a su cargo, también se requiere el modelo P-1.
La afiliación es exclusiva, válida de por vida y única sin perjuicio de las altas, bajas y modificaciones en los distintos regímenes que integran el sistema.
Federación Andaluza de Autónomos CEAT-Andalucía C/Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092 Sevilla