Federación Andaluza de Autónomos

Libros de registro

Libros de registro

Dependiendo del tipo de régimen al que esté sometida la actividad empresarial, se está obligado o se recomienda gestionar una serie de libros o registros de tipo contable o fiscal.

Empresarios acogidos al Régimen de Estimación Directa con actividad mercantil.

  • Libros de inventarios y Cuentas Anuales. El libro de inventarios y cuentas anuales se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa. Al menos trimestralmente se transcribirán con sumas y saldos los balances de comprobación. Se transcribirán también (artículo 28) el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales.
  • Libro Diario. El libro diario registrará día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa.
  • Libro Registro de Compras y gastos. Se anotan diariamente todas las compras y gastos relativas a la actividad de la empresa.
  • Libro Registro de Ventas e ingresos. Se llevará constancia por orden cronológico de todas las ventas e ingresos de la actividad.

Empresarios acogidos al Régimen de Estimación Directa sin actividad mercantil.

  • Libro Registro de Compras y Gastos.
  • Libro Registro de Ventas e Ingresos.
  • Libro Registro de Bienes de inversión.

Se registran detalladamente e individualmente, todos los elementos de inmovilizado material e inmaterial que se amortizan, afectos a la actividad.

Profesionales acogidos al Régimen de Estimación Directa Normal.

  • Libro Registro de Ventas e Ingresos.
  • Libro de Compras y Gastos.
  • Libro Registro de Bienes de inversión.
  • Libro Registro de Provisiones de Fondos y Suplidos.

Empresarios y profesionales acogidos al Régimen de Estimación Directa Simplificada,
físicamente se exigen:

  • Libro Registro de Compras y Gastos.
  • Libro Registro de Ventas e Ingresos.
  • Libro Registro de Bienes de inversión.

Los libros Diario y de Inventarios y Cuentas Anuales no se exigen fiscalmente. Deberán conservar numeradas por orden y agrupadas por trimestres las facturas emitidas y recibidas así como los justificantes de todo tipo de recibos.

Libro registro de bienes de inversión si practican amortizaciones.

Impuesto sobre el Valor Añadido.

  • Libro Registro de facturas emitidas.
  • Libro Registro de facturas recibidas.
  • Libro de Bienes de inversión. Pueden servir los anteriores de compras y ventas siempre que se ajusten a los requisitos exigidos por el reglamento del IVA.
  • Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.

Federación Andaluza de Autónomos Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)

Federación Andaluza de Autónomos CEAT-Andalucía C/Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092 Sevilla

Teléfono: 954 46 00 96 - Fax: 954 46 00 97

Conformidad con el nivel AA WAI del W3C