Libros de registro
Dependiendo del tipo de régimen al que esté sometida la actividad empresarial, se está obligado o se recomienda gestionar una serie de libros o registros de tipo contable o fiscal.
Empresarios acogidos al Régimen de Estimación Directa con actividad mercantil.
- Libros de inventarios y Cuentas Anuales. El libro de inventarios y cuentas anuales se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa. Al menos trimestralmente se transcribirán con sumas y saldos los balances de comprobación. Se transcribirán también (artículo 28) el inventario de cierre de ejercicio y las cuentas anuales.
- Libro Diario. El libro diario registrará día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa.
- Libro Registro de Compras y gastos. Se anotan diariamente todas las compras y gastos relativas a la actividad de la empresa.
- Libro Registro de Ventas e ingresos. Se llevará constancia por orden cronológico de todas las ventas e ingresos de la actividad.
Empresarios acogidos al Régimen de Estimación Directa sin actividad mercantil.
- Libro Registro de Compras y Gastos.
- Libro Registro de Ventas e Ingresos.
- Libro Registro de Bienes de inversión.
Se registran detalladamente e individualmente, todos los elementos de inmovilizado material e inmaterial que se amortizan, afectos a la actividad.
Profesionales acogidos al Régimen de Estimación Directa Normal.
- Libro Registro de Ventas e Ingresos.
- Libro de Compras y Gastos.
- Libro Registro de Bienes de inversión.
- Libro Registro de Provisiones de Fondos y Suplidos.
Empresarios y profesionales acogidos al Régimen de Estimación Directa Simplificada,
físicamente se exigen:
- Libro Registro de Compras y Gastos.
- Libro Registro de Ventas e Ingresos.
- Libro Registro de Bienes de inversión.
Los libros Diario y de Inventarios y Cuentas Anuales no se exigen fiscalmente. Deberán conservar numeradas por orden y agrupadas por trimestres las facturas emitidas y recibidas así como los justificantes de todo tipo de recibos.
Libro registro de bienes de inversión si practican amortizaciones.
Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Libro Registro de facturas emitidas.
- Libro Registro de facturas recibidas.
- Libro de Bienes de inversión. Pueden servir los anteriores de compras y ventas siempre que se ajusten a los requisitos exigidos por el reglamento del IVA.
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.