Federación Andaluza de Autónomos
Obligaciones puntuales. Tramitación específica Obligaciones fiscales.

Obligaciones puntuales. Tramitación específica

Obligaciones fiscales.

  • IRPF
    • Régimen de estimación directa y directa simplificada
      • Modelo 130 Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa.
      • Modelo D-100 Declaración ordinaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas
    • Régimen de estimación objetiva (módulos)
      • Modelo 131. Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva.
      • Modelo D- 100. Declaración ordinaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas
    • Plazos
      • Plazos trimestral: 1-20 de abril (1T) ,1-20 junio (2T) ,1-20 octubre (3T), 1-30 enero (4T)
      • Plazo anual: 1 de mayo al 30 junio
  • Acceda a toda la información referente al Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas: pago, trámites y modelos oficiales descargables en la web de la Agencia Tributaria.
  • IVA
      En la liquidación del IVA no hay entrega a cuenta sino liquidaciones periódicas.
    • Régimen general
      • Modelo 303: cuatro declaraciones trimestrales los tres primeros trimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente.
      • Modelo 390: Declaración Resumen Anual, entre el 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente.
      Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se presentará, según proceda, declaración sin actividad, a compensar o a devolver, esta última sólo en el último trimestre año siguiente.
    • Régimen simplificado
      • Si la actividades sólo se acogen al régimen simplificado: Modelos: 310 (liquidación ordinaria), 311(liquidación final) y 390 (liquidación anual).
      • Si se realizan actividades acogidas al régimen simplificado y al régimen general: Modelos: 370 (liquidación ordinaria), 371(liquidación final) y 390(liquidación anual).
      Acceda a toda la información referente al Impuesto del Valor Añadido: pago trámites y modelos oficiales descargables en la web de la Agencia Tributaria.

Otras obligaciones fiscales

  • RETENCIONES Y PAGOS A CUENTA:
    Retenciones y pagos a cuenta cuando el profesional está obligado a practicarlas(modelo 110) por las cantidades retenidas a trabajadores y a profesionales y modelo 115 por las cantidades retenidas sobre el pago de alquiler de inmuebles urbanos). Además, deberán realizarse resúmenes anuales de estas retenciones (modelos 190 y Modelo 180 respectivamente).
  • DAOT (Declaración anual de Operaciones con Terceros)
    Si en el año anterior se han realizado operaciones con terceros que hayan superado los 3005,06 euros. Modelo 347.
  • Declaración trimestral recapitulativa de operaciones con sujetos pasivos de la CE. Modelo 349.

De utilidad: Calendario del contribuyente. Anualmente la agencia tributaria lo publica con el fin de mantener al contribuyente informado de fechas relevantes al respecto de este tipo de obligaciones.

Es aconsejable que la gestión de los trámites laborales de su empresa sean delegados a expertos, gestorías.

Federación Andaluza de Autónomos Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)

Federación Andaluza de Autónomos CEAT-Andalucía C/Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092 Sevilla

Teléfono: 954 46 00 96 - Fax: 954 46 00 97

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