Los trabajadores autónomos son un colectivo que, con frecuencia, se expone a los mismos riesgos en cuanto a su seguridad y salud que los trabajadores por cuenta ajena, y por tanto, deben concienciarse e implantar en su actividad la cultura preventiva.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), se ha venido dando indicaciones ambiguas, acerca de las obligaciones que éstos tienen en materia de prevención de riesgos laborales.
La primera pregunta a la que se debe dar respuesta para saber si un autónomo está obligado a contratar un servicio de PRL es si este tiene o no trabajadores a su cargo:
Cuando un autónomo tenga asalariados a su cargo podrá optar por:
Acceda desde aquí la web de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía donde se encuentra toda la información y, en rigurosa actualidad, sobre la Prevención de Riesgos laborales en Andalucía.
Línea de Información y Colaboración en Prevención de Riesgos Laborales
Federación Andaluza de Autónomos CEAT-Andalucía C/Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja. 41092 Sevilla
Teléfono: 954 46 00 96 - Fax: 954 46 00 97
© Aviso Legal